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Asesoría para asociaciones y fundaciones en Barcelona

Una asociación o una fundación no tiene ánimo de lucro, pero sí obligaciones: llevar la contabilidad con su propio plan contable, presentar impuestos, rendir cuentas y, si tiene trabajadores, hacer nóminas como cualquier empresa. Muchas las gestiona una junta de voluntarios que no tiene por qué saber de todo esto.

En Vitas Associats llevamos la gestión contable, fiscal y laboral de asociaciones y fundaciones de Barcelona, para que la junta o el patronato se dedique a los fines de la entidad y no a los papeles. Le explicamos cada obligación en un lenguaje claro, sin tecnicismos.

Y si surge una cuestión jurídica, como unos estatutos que hay que cambiar o un contrato, en el mismo despacho hay abogados civiles y mercantiles.

¿En qué le ayudamos?

  • Contabilidad adaptada a entidades sin ánimo de lucro (en Cataluña, con el plan contable propio de asociaciones y fundaciones).
  • Cuentas anuales y su presentación ante el Protectorado o el registro que corresponda.
  • Impuesto de Sociedades de entidades parcialmente exentas.
  • Régimen fiscal de la Ley 49/2002 para fundaciones y asociaciones de utilidad pública.
  • Certificados de donaciones y modelo 182.
  • IVA de las actividades de la entidad.
  • Nóminas, seguros sociales y contratos de los trabajadores.
  • Retenciones de profesionales y colaboradores (modelos 111 y 190).
  • Trámites ante Hacienda y la Seguridad Social.

Lo que conviene tener claro

  • No tener ánimo de lucro no significa no pagar impuestos. Las asociaciones tributan en el Impuesto de Sociedades como entidades parcialmente exentas: las cuotas de los socios y las subvenciones para sus fines no tributan, pero las actividades económicas sí.
  • La Ley 49/2002 es otra liga. Las fundaciones y las asociaciones declaradas de utilidad pública pueden acogerse a un régimen especial con más rentas exentas, y sus donantes desgravan más: las personas físicas, el 80 % de los primeros 250 euros y el 40 % del resto (el 45 % si donan de forma recurrente).
  • Los donativos se declaran en enero. Si la entidad emite certificados de donaciones, debe presentar el modelo 182 antes de que acabe enero, para que Hacienda incluya la deducción en la renta de los donantes.
  • Las cuentas se rinden cada año. En Cataluña, las fundaciones deben aprobar sus cuentas en los seis meses siguientes al cierre del ejercicio y presentarlas después al Protectorado. Las asociaciones declaradas de utilidad pública también tienen que rendirlas.

¿Lleva las cuentas de una entidad?

Cuéntenos qué entidad es, si tiene trabajadores y cuántos movimientos tiene al mes, y en menos de 24 horas laborables le enviamos un presupuesto cerrado, sin compromiso.

Dudas habituales de asociaciones y fundaciones

En general, sí. Solo queda liberada si sus ingresos totales no superan los 75.000 euros al año, los ingresos no exentos no pasan de 2.000 euros y todos ellos han tenido retención. Si no cumple las tres condiciones a la vez, tiene que presentarlo aunque no salga nada a pagar.

Es la declaración informativa de los donativos que ha recibido la entidad durante el año, con el NIF de cada donante y el importe. Se presenta en enero y sirve para que la deducción aparezca en la renta de los donantes.

Las entidades sin ánimo de lucro tienen su propia adaptación del Plan General de Contabilidad. En Cataluña, las asociaciones y fundaciones sujetas a la ley catalana aplican un plan contable específico aprobado por la Generalitat.

Sí, y tiene las mismas obligaciones que cualquier empresa: contrato, alta en la Seguridad Social, nóminas, seguros sociales y retenciones. Nosotros nos ocupamos de todo el proceso.

Depende del volumen de movimientos, de si tiene trabajadores y de las actividades que haga. Le damos un presupuesto cerrado antes de empezar.

¿Tiene otra duda? La primera consulta es sin compromiso: nos explica su caso y le decimos cómo lo enfocaríamos y cuánto costaría antes de empezar. Llámenos al 93 311 05 37 o escríbanos a info@vitasassociats.com.

Y si prefiere tratarlo cara a cara, le esperamos en nuestra asesoría de Sant Andreu, en la calle Irlanda 5-7.

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