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Impuestos de no residentes: modelo 210 y venta de inmuebles en Barcelona

Si vive fuera de España pero tiene aquí un piso, cobra un alquiler o vende un inmueble, tiene que tributar en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, aunque no tenga ningún otro vínculo con el país. Muchos propietarios no lo saben hasta que les llega una carta de Hacienda con varios años de golpe.

En Vitas Associats presentamos los impuestos de no residentes con inmuebles en España: el modelo 210 por alquileres o por la vivienda que tiene a su disposición, la venta del inmueble con la retención del 3 % y la plusvalía municipal. Trabajamos a distancia: todo se puede hacer por email, sin viajar.

¿Es residente en España? Vea nuestra página de declaración de la renta.

¿Qué hacemos por usted?

  • Modelo 210 trimestral por las rentas de alquiler.
  • Modelo 210 anual por la vivienda que no alquila (renta imputada).
  • Venta del inmueble: cálculo de la ganancia, retención del 3 % que ingresa el comprador (modelo 211) y modelo 210 del vendedor para regularizar o pedir la devolución.
  • Gastos deducibles si reside en la Unión Europea o en el Espacio Económico Europeo.
  • Aplicación de los convenios para evitar la doble imposición.
  • Plusvalía municipal cuando vende o hereda un inmueble.
  • Regularización de los años que no se presentaron, antes de que llegue el requerimiento.

Lo que conviene saber

  • Tener un piso vacío también tributa. Aunque no lo alquile, si está a su disposición debe declarar cada año una renta imputada (entre el 1,1 % y el 2 % del valor catastral), a lo largo del año siguiente.
  • Los alquileres, cada trimestre. Se declaran en los primeros veinte días de abril, julio, octubre y enero por lo cobrado en el trimestre anterior. Si reside en la Unión Europea o en el Espacio Económico Europeo tributa al 19 % y puede deducir gastos (IBI, comunidad, intereses, reparaciones, amortización); si no, al 24 % sobre el ingreso íntegro.
  • Vender con retención del 3 %. Cuando un no residente vende un inmueble, el comprador retiene el 3 % del precio y lo ingresa en Hacienda. Después, el vendedor presenta su modelo 210: si el impuesto es menor que lo retenido, recupera la diferencia.
  • No pagar dos veces. España tiene convenios con la mayoría de países para evitar la doble imposición. Con un certificado de residencia fiscal de su país se aplican, y lo pagado aquí normalmente se puede descontar allí.
  • Si no ha presentado años anteriores. Hacienda cruza los datos del catastro y de los alquileres. Regularizar antes de que le escriban sale mucho más barato: solo hay recargo, sin sanción.

¿Vive fuera y tiene un inmueble en España?

Cuéntenos dónde reside, qué inmueble tiene y si lo alquila o lo va a vender. Le decimos qué tiene que presentar y cuánto costaría, antes de empezar y sin compromiso.

Dudas habituales de los no residentes

En general, quien pasa menos de 183 días al año en España y no tiene aquí el núcleo principal de sus negocios o intereses económicos. La nacionalidad no cuenta: un español que vive fuera puede ser no residente y un extranjero que vive aquí, residente.

Sí. Aunque no obtenga ningún ingreso, debe declarar cada año una renta imputada por tenerlo a su disposición, con el modelo 210.

Sí. Presentamos las declaraciones en su nombre con su autorización, y nos envía la documentación por email. No hace falta que venga a España.

El comprador la ingresa en Hacienda a cuenta de su impuesto. Luego calculamos su ganancia real: si el impuesto que le corresponde es menor, pedimos la devolución de la diferencia; si es mayor, se paga lo que falta.

Depende de lo que haya que presentar: una declaración anual por un piso vacío no es lo mismo que varios alquileres o una venta. Le damos un presupuesto cerrado antes de empezar.

¿Tiene otra duda? La primera consulta es sin compromiso: nos explica su caso y le decimos cómo lo enfocaríamos y cuánto costaría antes de empezar. Llámenos al 93 311 05 37 o escríbanos a info@vitasassociats.com.

Y si prefiere tratarlo cara a cara, le esperamos en nuestra asesoría de Sant Andreu, en la calle Irlanda 5-7.

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