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Regularización de la cuota de autónomo: qué hacer si le reclaman dinero

Desde que en 2023 cambió la forma de cotizar de los autónomos, la Seguridad Social no se limita a cobrar la cuota elegida cada mes: al año siguiente compara esa cuota con los ingresos reales que ha tenido el autónomo y hace un ajuste. Si ha pagado de menos, reclama la diferencia; si ha pagado de más, devuelve dinero. A este ajuste se le llama regularización, y cada año llega a través de una notificación electrónica a una parte de los autónomos.

Qué es la regularización y por qué existe

Desde la reforma de la cotización de autónomos, la cuota mensual ya no se elige libremente: se calcula según una previsión de los rendimientos netos del año, dentro de una tabla de tramos. Como esa previsión rara vez coincide al céntimo con lo que se acaba ganando de verdad, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) revisa la situación una vez que Hacienda tiene cerrada la información de la Renta del ejercicio correspondiente.

Con esos datos, la TGSS compara la base por la que ha cotizado el autónomo con el tramo que le hubiera correspondido según sus ingresos reales. Si coinciden, no pasa nada. Si no coinciden, hay dos escenarios: que haya cotizado por debajo de lo que le tocaba (le reclaman la diferencia) o por encima (le devuelven el exceso).

Cómo se entera el autónomo

El resultado de la regularización no llega por carta ni por email: se comunica a través del servicio de notificaciones telemáticas de la Seguridad Social y del portal DEHú, igual que el resto de comunicaciones que la Seguridad Social dirige hoy a los autónomos (puede leer nuestro artículo sobre las notificaciones electrónicas obligatorias para autónomos de baja). Una vez que la notificación está disponible, el autónomo dispone de 10 días naturales para acceder a ella; si no lo hace, se considera igualmente notificado una vez pasado ese plazo.

Por eso conviene revisar el buzón electrónico de la Seguridad Social con cierta regularidad, y no solo cuando se espera una notificación concreta.

Si la Seguridad Social le reclama una diferencia

Cuando el resultado es que el autónomo ha cotizado por debajo de lo que le correspondía, la notificación incluye el importe a ingresar y el plazo. Según la propia Seguridad Social, el ingreso puede hacerse hasta el último día del mes siguiente a la notificación.

Si ese plazo se deja pasar sin pagar, se aplican los recargos generales por ingreso fuera de plazo que fija la Seguridad Social:

  • 10 % de recargo si se paga dentro del primer mes natural siguiente al vencimiento del plazo.
  • 20 % de recargo si se paga a partir del segundo mes natural siguiente al vencimiento.

Si la deuda llega a la vía ejecutiva (es decir, si la Seguridad Social inicia el cobro forzoso porque no se ha pagado ni solicitado aplazamiento), se añaden además intereses de demora sobre el importe pendiente. Por eso, ante una reclamación de este tipo lo más práctico es revisar cuanto antes si el importe es correcto y, si lo es, pagarlo o solicitar un aplazamiento dentro de plazo en lugar de dejarlo pasar.

Si le toca una devolución

Cuando el autónomo ha cotizado por encima de lo que le correspondía según sus ingresos reales, la Seguridad Social devuelve de oficio la diferencia, sin que haga falta reclamarla. La propia Seguridad Social indica que las devoluciones se realizan antes del 30 de abril. Para que el ingreso llegue sin incidencias conviene tener actualizados los datos bancarios en el sistema, especialmente si se ha cambiado de cuenta o de banco recientemente.

Errores habituales que conviene evitar

  • No revisar el buzón de notificaciones y descubrir la reclamación cuando ya han pasado los 10 días o incluso el plazo de pago.
  • Elegir cada año una base de cotización sin comparar los ingresos previstos con los reales, lo que hace que la diferencia a regularizar sea mayor.
  • No conservar el justificante de la Renta y de los cambios de base solicitados durante el año, que son los documentos que permiten comprobar si el cálculo de la Seguridad Social es correcto.
  • Dejar pasar el plazo de pago pensando que «ya llegará otra carta», cuando el recargo empieza a contar desde el vencimiento.

Preguntas frecuentes

¿Puedo aplazar el pago si me reclaman una diferencia?

Sí, la Seguridad Social permite solicitar aplazamientos o fraccionamientos de las deudas de cotización, siempre que se pidan antes de que termine el plazo de pago o, como muy tarde, antes de que la deuda entre en vía ejecutiva.

¿Por qué me regularizan un año que ya ha pasado?

Porque la Seguridad Social necesita los datos de la declaración de la Renta de ese ejercicio para saber cuáles fueron sus ingresos reales, y esa información no está disponible hasta que se cierra la campaña de la Renta del año siguiente.

¿La regularización lleva sanción si me equivoqué al elegir la base?

No. Si el desajuste se debe a un cálculo de buena fe sobre los ingresos previstos, la regularización solo ajusta la diferencia; los recargos solo se aplican si, una vez notificada la deuda, no se paga dentro de plazo.

¿Cómo sé qué tramo de cotización me corresponde?

Se calcula sobre el rendimiento neto mensual medio del ejercicio, dentro de una tabla de tramos que se actualiza cada año. Conviene revisarlo cada vez que cambien de forma notable los ingresos, para pedir un cambio de base y no esperar a que llegue la regularización.

¿Quiere que se lo llevemos nosotros?

En Vitas Associats llevamos la cotización de autónomos y las nóminas de nuestros clientes de forma íntegra: revisamos cada cambio de ingresos para ajustar la base de cotización a tiempo y evitar sorpresas en la regularización, y si llega una notificación de la Seguridad Social, la revisamos y le decimos exactamente qué hacer. Puede conocer nuestro servicio de asesoría laboral, nóminas y seguros sociales o nuestra asesoría para autónomos, pedir presupuesto en 24 horas o llamarnos al 93 311 05 37. La primera consulta no tiene compromiso.

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